
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó un procedimiento de supervisión para verificar el cumplimiento del principio constitucional de paridad en la postulación de candidaturas a las 17 gubernaturas que se renovarán durante los Procesos Electorales Locales (PEL) 2026-2027; como parte de este mecanismo, cada uno de los ocho Partidos Políticos Nacionales deberá postular, como mínimo, nueve mujeres en el conjunto de las contiendas, ya sea de manera individual, en coalición o mediante candidaturas comunes.
El acuerdo establece criterios para garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en la postulación de candidaturas a gubernaturas y ordena a las fuerzas partidistas observar sus documentos básicos, la normativa vigente y los criterios de competitividad y paridad sustantiva al definir sus postulaciones; además, precisa que el mínimo de nueve candidaturas de mujeres constituye un piso para la participación política de las mujeres en estos cargos.
De igual forma, aclara que la decisión de un partido político de no participar en alguna de las contiendas no reducirá esta obligación; por lo que los institutos políticos deberán informar al INE, por conducto de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, las entidades en las que postularán mujeres u hombres, así como los criterios de competitividad que aplicarán.
Durante la presentación del asunto, la Consejera Carla Humphrey Jordan, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación, recordó que con esta determinación “sumarán cinco acuerdos que desde 2020 se han aprobado por este Instituto para garantizar y hacer efectivo el principio de paridad”, con lo cual se ha contribuido a la elección de 13 mujeres como titulares de poderes ejecutivos locales.
No obstante, advirtió que “los avances alcanzados no pueden considerarse definitivos ni suficientes”, al tiempo que sostuvo que “no podemos asumir que un solo ciclo electoral de renovación de las 32 gubernaturas del país es suficiente para corregir una exclusión histórica de las mujeres”, y aseveró que “la paridad no es una concesión del Estado, ni de las autoridades electorales, ni de los partidos políticos”, sino que “es una exigencia democrática sustentada en la dignidad humana, la igualdad sustantiva y el principio de no discriminación”.



