En la 35° Sesión Pública de Pleno del Tribunal Estatal Electoral del Chihuahua (TEE), se resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía número 80 del presente año, en el cual, una Diputada local impugnó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, que declaró improcedente el recurso de queja contra su expulsión de la fracción parlamentaria del partido Morena, al estimar que no tenía competencia para resolver el recurso de queja, por tratarse de un asunto parlamentario.
El Tribunal resolvió que la Comisión de Honestidad de Morena tiene competencia para resolver la queja de la Diputada, pues los estatutos y la normativa del partido le concede tal facultad. Adicionalmente la expulsión incide en el derecho de ser votada de la ciudadana, pues le impide ejercer plenamente el cargo en el Congreso del Estado, por tal motivo, revocó el acuerdo impugnado, para el efecto de que se determiné sobre la admisión del recurso y resuelva lo conducente, asimismo, se dio vista al IEE para que iniciara un procedimiento sancionador para determinar si existió la infracción de violencia política de género.
Asimismo, en el juicio electoral 79 del presente año el presidente del Ayuntamiento de Juárez, Chihuahua, impugnó el acuerdo de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral (IEE) local mediante el cual, se le impuso una amonestación pública y ordenó su inscripción en el registro de sujetos sancionados.
De lo anterior, el Pleno del Tribunal revocó las sanciones mencionadas, al considerar que dicha autoridad electoral extralimitó sus funciones por estar impedida de imponer las sanciones señaladas. Además, resolvió que el funcionario denunciado dio respuesta al requerimiento de información solicitada con motivo de su asistencia a un evento denunciado.
Así como también se resolvieron dos Procedimientos Especiales Sancionadores, en el primero de clave PES-061/2023, se dio cumplimiento a lo ordenado por Sala Regional Guadalajara del TEPJF, por lo cual, este Tribunal determinó la no actualización de la infracción denunciada relacionada con el uso indebido de recursos públicos por parte de diversos Diputados Locales, al acudir en día hábil a un evento de carácter partidista.
Por otra parte, en el Procedimiento Especial Sancionador 67 de este año, se declararon inexistentes las denuncias establecidas en contra de dos Diputados del estado, al no acreditarse las conductas denunciadas relacionadas con los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad al haber asistido a una rueda de prensa, dentro del ejercicio de sus funciones en el Congreso Local.



